jueves, 25 de octubre de 2007

Las prohibiciones para estos días

Durante el acto electoral, están prohibidos los espectáculos populares al aire libre y en recintos cerrado. También las fiestas teatrales y deportivas y toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral. A ochenta metros de la mesa receptora de votos, no se pueden realizar reuniones de electores en los domicilios, la uti-lización de las viviendas como depósito de armas, la apertura de organis-mos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores. Desde las ocho de la mañana de hoy y hasta el cierre, está prohibida la realización de actos públicos de proselitismo y la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales. Durante el acto electoral y hasta tres horas después del cierre, está prohibida la publicación y difusión encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección. También el expendio de bebidas alcohólicas.
Está prohibida doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto, la portación de armas, banderas, divisas u otros distintivos.

Exentos
Están exentos de votar, los mayores de setenta años. Los enfermos o imposibilitados, que por fuerza mayor se en-cuentren impedidos de concurrir a ejercer el voto. Deberán justificar su imposibilidad de asistir, en primer término ante los médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o muni-cipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares. Los profesionales oficiales están obligados a concurrir el día del comicio al domicilio del elector enfermo, para verificar la imposibilidad de asistir y extender el certificado corres-pondiente.
Deberán justificar su inasistencia en la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito. También están exceptuados los que se encontrasen a más de 500 km del lugar donde deben emitir su voto y que justifiquen que su alejamiento obedece a motivos razonables. El día de la votación deben presentarse ante la autoridad policial más cercana, la que le extenderá una certificación por escrito la que acreditará la compa-rencia. Los que se encontraren en el extranjero deberán dirigirse al Consulado argentino más próximo en el día de la votación.